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La penalización del aborto... |
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es inútil e injusta porque:
- No elimina la práctica, sino que la vuelve clandestina.
- Por ser clandestino, el aborto voluntario se convierte en un problema de salud pública, pues incide fuertemente en la alta mortalidad materna del país al practicarse en condiciones insalubres.
- Por culpa de la penalización las mujeres no acuden a servicios médicos que podrían salvarles la vida cuando corren peligro debido al aborto.
- Se generan y legitiman actuaciones inhumanas en los centros de atención médica, donde el personal maltrata a las mujeres o las atienden y luego las denuncian.
- Se discrimina a las mujeres más pobres, las que no tienen acceso a información sobre anticoncepción ni pueden pagar servicios seguros si recurren a un aborto.
- Discrimina además a las mujeres en general, puesto que solamente nos afecta a nosotras, que somos las que tenemos capacidad de gestación.
- No se puede obligar a las mujeres a tener hijos si no lo desean. El Estado debe garantizar las decisiones reproductivas de las mujeres, no obligarlas en contra de su voluntad a seguir con embarazos no deseados.
- Logra que el tema sea tabú y que no se hable de él. Impide a las mujeres tener asesoría y apoyo que las ayude a tomar una decisión buena para sus vidas.
- El Estado es laico y no puede legislar sobre la base de creencias religiosas, ni imponerlas al conjunto de la sociedad.
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Situación legal del aborto |
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La penalización del aborto en nuestra legislación es la principal causa de las muertes de mujeres por abortos inseguros. Las mujeres recurren a métodos peligrosos para interrumpir un embarazo no deseado frente al temor de ser criminalizadas y debido a la ausencia de opciones seguras para hacerlo.
Comités de expertos/as de Naciones Unidas han recomendado al Paraguay en reiteradas ocasiones que revise la penalización del aborto, teniendo en cuenta la alta tasa de mortalidad materna. Sin embargo, en la modificación del Código Penal (aprobada por la Ley 3.440/08) los legisladores y legisladoras no incorporaron las propuestas presentadas por la Coordinación de Mujeres del Paraguay (CMP) y CLADEM Paraguay.
El nuevo Código Penal, vigente desde julio de 2009, sólo admite el aborto cuando "según los conocimientos y las experiencias del arte médico, fuera necesario para proteger de un peligro serio la vida de la madre". La pena de cárcel para la mujer es de hasta dos años y no se castiga la tentativa. Además, se establece que "en la medición de la pena se considerará, especialmente, si el hecho haya sido motivado por la falta del apoyo garantizado al niño en la Constitución". |
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Problema de salud pública |
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En nuestro país, los abortos inseguros son la segunda causa de mortalidad materna. Se trata de un problema de Salud Pública.
Las estadísticas:
- Según cifras oficiales, en el año 2008 hubo 23 muertes de mujeres debidas a abortos, lo que significa que cada 16 días muere una mujer por esta causa en Paraguay, y éstos son apenas los casos registrados por el Ministerio de Salud Pública.
- En 2007 hubo 33 muertes, es decir, una muerte cada 11 días.
- Si tomamos en cuenta las estadísticas de muerte materna de los últimos 10 años, una mujer murió cada 12 días a consecuencia de complicaciones por aborto.
Otras causas citadas en las estadísticas oficiales, como sepsis y hemorragia, en la práctica también pueden significar muertes causadas por complicaciones por aborto.
En Paraguay, los datos todavía son insuficientes y poco confiables. El aborto como causa de muerte materna frecuentemente es encubierto debido a la penalización de la práctica y al miedo. Muchas veces las mujeres ocultan el origen de la afección que las llevó a consultar y en las historias clínicas o en los certificados no figura el aborto sino las consecuencias del mismo (hemorragia, sepsis, etc.).
La interrupción de un embarazo, realizada en condiciones seguras, conlleva mínimos riesgos.
El objetivo de la campaña es evitar la muerte de mujeres por causas evitables relacionadas al embarazo, como el aborto clandestino e inseguro. |
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